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Suspendieron dos acuerdos del Superior Tribunal que fueron cuestionados por un grupo de jueces

Las disposiciones de la Corte provincial fueron impugnadas porque “colisionan abiertamente con la legislación vigente”.

Superior Tribunal de Justicia.
Actualizada: 25/09/2024 12:16
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La jueza Laboral N° 2 Eugenia Bona hizo lugar a una medida cautelar promovida por un grupo de magistrados en contra de dos medidas dictadas por el Superior Tribunal de Justicia. Se trata del Acuerdo N° 201/24 que fijó para el próximo el 2 de diciembre la puesta en funcionamiento del Sistema Unificado Judicial (SUJ) Civil, Comercial Ambiental de la primera y segunda circunscripción y el Acuerdo N°47/24 de convocatoria a concurso para los cargos de coordinadores ejecutivos de gestión unificada del fuero. En este último caso ya se hizo la selección de los recomendados que está a consideración del STJ.

Los jueces Valeria Benavidez, Cynthia Paz Fernández y Fernando Spagnuolo formalizaron la presentación con el patrocinio de la abogada, Alejandra Martín. Ellos junto a sus pares Geraldina Ibañez y Gabriela Ramosca habían expresado su disconformidad y cuestionaron resoluciones de la Corte y los resultados que arrojaron.

Bona entendió que los dos acuerdos “prima facie se contraponen” con el artículo N° 34 inciso cinco primer párrafo del Código Procela Civil y Comercial “norma de mayor jerarquía”. En ese contexto resolvió la suspensión de la aplicación ante “el supuesto de gravedad institucional que esta situación implica para el Poder Judicial y fundamentalmente la posible incidencia en los derechos de los justiciables, quienes son los destinatarios del sistema de justicia, que se traduciría en una posible violación de derechos constitucionales”.

Antes de interponer la cautelar los magistrados plantearon que “resulta imprescindible que se sancione una reforma integral del ordenamiento procesal provincial a través de una ley que establezca las reglas generales y especiales de aplicación procesal que brinden seguridad jurídica, evitando que el Superior Tribunal de Justicia continúe legislando a través de acordadas que colisionan abiertamente con la norma vigente y que su implementación afecta el servicio de justicia”.

En esa línea sostuvieron que “el STJ debe ejercer el control de constitucionalidad de las normas que aplica (art. 210 de la C.P.), siendo ello una cuestión de derecho, lo que resulta imposible cumplir, si dicho Cuerpo emite las normas que aplica”.

Eduardo Allende, Carolina Monte Riso, Jorge Levingston, Cecilia Chada firmaron la acordada N° 47. La segunda también fue refrendada por Guillermo L’Huillier.

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